
10 de Mayo 2004
La Administración también debe cumplir la ley
A pesar de que en muchos medios se empeñan en equiparar (por culpa de un mal teletipo de agencia) los expedientes a Puenteareas (o Ponteareas) y Atarfe, ambos casos tienen en común una sola cosa: el incumplimiento de la Ley General de Telecomunicaciones por parte de los consistorios municipales.
En cuanto a Atarfe, basta con consultar el texto del expediente de la CMT para ver que este no tiene nada que ver con lo que se afirma en la demagógica respuesta del Ayuntamiento de la localidad granadina. La ley es clara: quien proporcione servicios de conexión debe estar registrado como operador , y Proyecto Artafe comenzó a ofrecer acceso mediante Wi-Fi antes de hacerlo. De hecho, la empresa municipal no pidió el permiso administrativo hasta después de que comenzara la investigación sobre su red.
En el caso de Puenteareas, el expediente se abre por la misma razón (no disponer de licencia) y por ofrecer el acceso de forma gratuita. El ayuntamiento de la localidad gallega respondió a la CMT que no sabía que tenía que registrarse como operador. Permítaseme dudarlo. Resulta más creíble que supiera que la licencia le iba a ser denegada, pues la CMT ya había dejado claro la ilegalidad de las redes gratuitas instaladas por los Ayuntamientos. Además, si el consistorio no miente, tampoco es excusa. El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, ni siquiera a las administraciones públicas. Además, lo mínimo que se puede exigir a un Ayuntamiento es que estudie la legalidad o ilegalidad de sus actuaciones antes de ponerlas en marcha.
Además, ¿quién paga esas conexiones gratuitas? Pues todos los ciudadanos del Puenteareas, con independencia de que las utilicen o no, por medio de sus impuestos. De hecho, las paga hasta quien denunció al Ayuntamiento: la dueña de un cibercafé cuyo legitimo negocio entró en peligro por la competencia desleal ejercida desde la Administración local.
Escrito por Antonio Jose Chinchetru a las: 10 de Mayo 2004 a las 02:29 PM




